Madrid, 11 de abril de 2023.- La Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual ha resuelto en el expediente E-2018-003, partiendo de las tarifas negociadas a partir de 2019 por EGEDA en contratos con importantes cadenas hoteleras, las tarifas por retransmisión en establecimientos de hospedaje. Esta resolución determina la tarifa aplicable a los establecimientos de hospedaje por la retransmisión de obras y grabaciones audiovisuales hacia las habitaciones de estos establecimientos, y comprende la licencia y remuneración a la que tienen derecho los productores audiovisuales.
Se distinguen tres niveles al aplicar la tarifa: intensidad de retransmisión alta, al incluir, además de contenidos a los que se accede por TDT o vía satélite, contenidos audiovisuales a los que se accede mediante contrato del establecimiento con operadores de acceso condicionado (1,70€ por plaza ocupada y mes); intensidad de retransmisión media, al incluir, además de contenidos a los que se accede mediante TDT, contenidos audiovisuales a los que se accede en abierto vía satélite (1,26€ por plaza ocupada y mes); e intensidad de retransmisión baja, al incluir contenidos audiovisuales a los que se accede en abierto mediante TDT (0,93€ por plaza ocupada y mes).
La nueva tarifa, ya en vigor, es obligatoria para todos los establecimientos de hospedaje, y consiste en una cantidad por plaza ocupada y mes que varía dependiendo de la intensidad o nivel de retransmisión que lleve a cabo el establecimiento. EGEDA ha venido trabajando desde 2017 en estos procedimientos para obtener la mejor resolución posible para los intereses de los productores de obras y grabaciones audiovisuales y considera positivos los resultados obtenidos.
Pueden acceder a la resolución mediante el siguiente enlace.